El Senado uruguayo aprobó ayer, por 17 votos a favor y 14 en
contra, una ley que permite la interrupción voluntaria del embarazo, bajo
ciertas condiciones. La norma, fruto de una lucha prolongada y de un veto
presidencial, es pionera en la región y obliga tanto al sector público como al
privado a brindar la prestación. “Es un gran avance porque en el marco legal
vigente se consagra el derecho de las mujeres y las obligaciones de las
instituciones médicas”, señaló la senadora socialista Mónica Xavier, impulsora
del proyecto de legalización del aborto que inició el debate. “El presidente ya
dijo públicamente que no vetará esta ley y no cambió de opinión”, aseguró a
Página/12 Gonzalo Carámbula, secretario de Comunicación Institucional del Poder
Ejecutivo.
La ley se sancionó en una votación en general y no en particular, ya que había
sido aprobada antes en el Senado, pero tuvo modificaciones en Diputados, el
pasado 25 de septiembre. El proyecto no despenaliza el aborto en general, pero
lo permite si la mujer se acerca al Sistema Nacional Integrado de Salud, que
incluye efectores públicos y privados, dentro de las 12 semanas de embarazo.
“Deberá poner en conocimiento del médico las circunstancias derivadas de las
condiciones en que ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria
económica, sociales o familiares o etarias que a su criterio le impiden
continuar con el embarazo en curso”, dice la ley.
Iván Posada, diputado del Partido Independiente y autor del proyecto que se
aprobó ayer, explicó que luego de requerir la prestación, el médico dispondrá
el mismo día o el siguiente, la consulta con equipo interdisciplinario. “Este
equipo debe informarla y asesorarla sobre la posibilidad de acceder a la ayuda
estatal para no abortar o de dar en adopción al bebé. La idea es que pueda
revertir las causas que motivaron esa decisión. Luego se abre un espacio de
reflexión de cinco días. Si continúa en pie la decisión, se realiza el aborto”,
detalló Posada. Su proyecto fue aprobado por 50 votos a favor y 49 en contra en
Diputados. En el caso de las menores de edad, la ley prevé que puedan acceder a
la práctica bajo el mismo mecanismo si asisten acompañadas por al menos uno de
sus padres, tutores o quien crean que las represente, incluso puede ser otra
persona menor. No se precisa aprobación del acompañante. Si la joven va sola,
un juez deberá determinar en un plazo menor a los tres días para resolver si la
decisión de la interesada fue solicitada “en forma espontánea, voluntaria y
consciente”. El juez convocará a la adolescente y al Ministerio Público para
cerciorarse de esto último, antes de avalar la práctica. “El procedimiento será
verbal y gratuito”, agrega la ley.
Cuando haya riesgo para la salud y la vida de la madre no habrá límites en las
semanas de gestación. Sí para los casos de violación, 14 semanas, además del
requisito de una denuncia judicial, que no implicó un veredicto de la Justicia
sino sólo la notificación de dicha denuncia. Los profesionales objetores de
conciencia deberán informar su postura a las instituciones donde trabajan, si
no lo hacen se entenderá que no tienen inconvenientes en realizar la prestación
y la decisión que tomen será la misma para todos los lugares donde trabajen.
Sólo las ciudadanas uruguayas o quienes tengan un año de residencia en el país
podrán acceder a la práctica.
“La norma se inspira en el modelo alemán, que apunta a una decisión informada y
bajó el número de abortos”, aseguró Posada. En Alemania, se permite está
práctica bajo las mismas condiciones que en Uruguay desde 1992, aunque se
establecen tres días “de reflexión” luego de la consulta interdisciplinaria.
“Yo creo que todas las mujeres embarazadas tienen el derecho de decidir solas y
sin tutela del Estado sobre sí mismas y su cuerpo. También después de la semana
12. El aborto tiene que ser seguro, legal y gratuito”, dijo a este diario
Vivian Szelinsky, activista feminista alemana y asesora del diputado por Die
Linke, Alexander Ulrich.
El hecho de que sea gratuito es importantísimo, ya que en Estados Unidos el
aborto es legal desde 1973, pero muchas mujeres no acceden a la prestación
porque no tienen seguro médico o el que tienen no lo cubre. Cuando el
presidente Barack Obama logró la aprobación en el Congreso de un sistema de
salud público, debió retirar la subvención a esta práctica para poder conseguir
el apoyo de la bancada republicana.
“La lógica tutelar del Estado primó en la discusión, cuando en verdad nos
basábamos en el derecho de la persona, pero dimos un gran paso”, opinó Marisa
Marmissolle, coordinadora da la bancada femenina bicameral del Congreso
uruguayo.
Según señaló Cristina Grela, titular del área de Mecanismos de Género del
Ministerio de Salud uruguayo, el debate por el aborto se relanzó en 2002 cuando
14 mujeres murieron en ese país por realizarse esta práctica en la
clandestinidad. “Un grupo de médicos del Hospital Pereira Rosell denunciaron
que las chicas llegaban tarde a atenderse y se morían sin que ellos pudieron
evitarlo. Y que en algunos lugares las esposaban porque las consideraban
criminales. Así nació el Grupo de Iniciativas Médicas contra el Aborto en
Condiciones de Riesgo”, repasó Grela, una de las fundadoras de Católicas por el
Derecho a Decidir.
El Grupo de Iniciativas Médicas presionó para que las consultas por abortos
sean confidenciales y bajo secreto médico, norma aceptada por el Ministerio de
Salud en 2004. Luego insistieron en la sanción de la ley 18.426 de Salud Sexual
y Reproductiva, cuyo capítulo sobre aborto fue vetado en 2008 por el ex
presidente Tabaré Vázquez. “Pero no vetó un artículo que permitía las
iniciativas sanitarias para evitar abortos en condiciones de riesgo. Entonces
se pudo empezar desde las áreas de salud sexual, en los centros de salud, a dar
consejos para realizarse un aborto con misoprostol y recibir a las mujeres
luego de que se lo hicieran”, dijo Grela.
La nueva ley deberá reglamentar la prestación en los 19 departamentos
(provincias) que tiene Uruguay. “Y también habrá que imponer las sanciones o
multas para los centros de salud que nieguen o dilaten la prestación, para lo
que se puede aplicar la normativa vigente en casos de incumplimiento de
servicio. Si en un departamento no existen recursos humanos disponibles con la
orientación que la ley prevé, deberá avanzarse en las contrataciones”, aseguró
la senadora Xavier. La reglamentación correrá por parte del Ministerio de
Salud, cuyos titulares ya se manifestaron abiertamente a favor de brindar la
prestación.
“Vamos a utilizar las mismas consejerías sobre salud sexual y reproductiva. Lo
que cambia es que ahora vamos a poder brindar el misoprostol, cuando antes
muchos lo recomendaban, pero la calidad podía variar por tratarse muchas veces
de un mercado negro”, adelantó a Página/12 la encargada de coordinar la
reglamentación, Leticia Rieppi, titular del Programa de Salud Sexual y
Reproductiva del Ministerio de Salud. Ese ente será el contralor de la
aplicación de la ley en el sistema de salud público, que funciona
descentralizado, y el privado.
Rieppi aseguró que la reglamentación será consensuada con las sociedades de
obstetricia y ginecología y el colegio de enfermeros; también con el movimiento
de mujeres y algunas dependencias del Ministerio de Salud. “El año pasado
capacitamos a 200 personas del área de Salud Sexual. Tenemos el orgullo de que
en 2009, 2010 y 2011 no muriera ninguna mujer por este tema pero en 2012
murieron dos chicas que no se animaron a ir al hospital. Por eso la ley es
importante; podría ser mejor, pero es lo que tenemos y sabemos cómo
utilizarla”, dijo Rieppi.
Desde 2011, agregó, todos los departamentos tienen áreas de Salud Sexual, salvo Durazno donde ya se está implementando, y Artigas. “Y estoy en camino hacía allá en este momento para averiguar qué pasa”, afirmó (Desde abajo)
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